El impacto de la Ley Karin en Chile: cifras, sectores y desafíos de implementaciónLey Karin

El impacto de la Ley Karin en Chile: cifras, sectores y desafíos de implementación

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Un mes de vigencia, más de 2.200 denuncias

Desde su entrada en vigencia el 1 de agosto de 2024, la Ley Karin ya generó resultados concretos. Según datos del Ministerio del Trabajo, en el primer mes de implementación se recibieron más de 2.233 denuncias a través de la Mutual de Seguridad y la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS).

De esas denuncias:

  • 64% correspondió a violencia laboral directa
  • 36% a acoso sexual, violencia física y discriminación
  • Las mujeres fueron quienes más denunciaron

Estas cifras muestran que la ley está activando canales que antes no existían o no eran utilizados. También revelan la escala del problema que existía previamente sin visibilidad formal.

Diferencias entre sector privado y público

Sector privado

El sector privado ya contaba con normativa previa contra el acoso (artículo 2 del Código del Trabajo), pero la Ley Karin amplió la definición de acoso al eliminar el requisito de conducta reiterada. Esto produjo un aumento significativo en las denuncias, ya que conductas que antes no calificaban ahora sí lo hacen.

Sector público

Para el sector público, la Ley Karin introdujo legislación completamente nueva. Las denuncias deben dirigirse al jefe de servicio o a la Contraloría General de la República en casos específicos. La implementación ha sido más desafiante por la heterogeneidad de los servicios públicos y la falta de datos consolidados.

Los tres principales desafíos de implementación

El Ministerio del Trabajo identificó tres áreas críticas:

1. Claridad conceptual

Muchas organizaciones aún presentan confusión sobre las definiciones exactas de acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo bajo la nueva normativa. La ampliación de la definición de acoso —eliminando el requisito de reiteración— requiere una actualización de los criterios internos.

2. Implementación efectiva de protocolos

Tener un protocolo escrito no es suficiente. La ley exige que los protocolos sean operativos: que los trabajadores los conozcan, que existan canales accesibles y que los plazos se respeten.

Muchas empresas aún están en proceso de adaptación. La falta de herramientas tecnológicas adecuadas es una de las barreras más frecuentes para gestionar las denuncias de manera ordenada, confidencial y trazable.

¿Qué deben hacer las empresas?

Independientemente del tamaño de la empresa, la Ley Karin exige:

  1. Protocolo de Prevención actualizado y difundido
  2. Canal de denuncias accesible y confidencial
  3. Investigación formal con plazos definidos (aceptación en 3 días hábiles, investigación en 30 días)
  4. Protección al denunciante desde el inicio del proceso

Las empresas con 10 o más trabajadores tienen obligaciones adicionales relacionadas con evaluación de riesgos psicosociales y comités de aplicación.

Nota: Esta información es de carácter general e informativo. Le recomendamos consultar con un abogado o asesor laboral para evaluar las obligaciones específicas de su organización.

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